Guillermo E. Estévez Boero: Discursos y Escritos

Reforma Constitucional - Entrevista Radio Universidad La Plata

ENTREVISTA RADIO UNIVERSIDAD LA PLATA

Texto de la entrevista de radio Universidad de La Plata al compañero Guillermo Estévez Boero, Secretario General del Partido Socialista Popular, cuyas respuestas fueron formuladas en nombre de la Mesa Ejecutiva del Comité Nacional. Abril de 1974.

¿Cuál es la importancia política de la reforma de la Constitución Nacional en la Argentina 1974?

Si la reforma de la Constitución se nutre de nuestra realidad nacional, su importancia política será grande. Si se la enfoca desde un punto de vista unilateral, formal y excluyente técnicojurídico, carecerá de trascendencia. La reforma desde un punto de vista formal, no es más que la incorporación de una serie de normas del derecho constitucional extranjero, sin tener en cuenta los procesos que ha vivido y sufrido nuestro pueblo.

¿Cree usted que los sectores políticos para hacer nada más que eso con la Reforma de la Constitución?

Creo que algunos sí y otros no. Por ejemplo, creo que el manriquismo, que aspira conformar una futura derecha, va a tender a una reforma formal. Asimismo, estimo que los partidos populares deberán acercarse más a una reforma real que se ajuste a nuestra realidad económica social y política. Es de esperar que los sectores más progresistas de los grandes partidos populares, que son el Justicialista y el Radical, logren imponer esa línea en el seno de su agrupación. Los antecedentes políticos de Argentina 1973 y 1974 están indicando que la Reforma deberá ser real, porque el 11 de marzo y el 23 de septiembre marcaron claramente cuál es la línea mayoritaria nuestro país.

¿Cree usted que se está buscando un acuerdo político entre el peronismo y el radicalismo para reforma constitucional?

Sí, creo que se persigue un acuerdo político. Pero de lo que guardo dudas desde la profundidad que puede llegar a tener el mismo. En nuestro país, a partir de 1930, la Constitución Nacional demostró poseer una validez sumamente frágil. Es decir, que cuando interesó a la oligarquía y a los monopolios extranjeros, la Constitución así como los derechos y garantías en ella inscriptos no tuvieron validez de alcance alguno. Esto fue incrementándose en la medida en que los sectores populares adquirieron mayor conciencia política: en 1930, el mercenario de turno dice jugar por la Constitución y respetarla. En el golpe posterior de la oligarquía y el imperialismo de septiembre de 1955, la llamada Revolución Libertadora ya derogó por decreto la Constitución de 1949, alegando su carencia de validez. La Constitución de 1949 era legítima. Técnicamente, participe en la confección del dictamen que el Partido de los Trabajadores elevó a la Convención Constituyente de 1957. En esa oportunidad, cuestionamos la legalidad de la derogación y la forma de cuestionar la legalidad de la Constitución de 1949. Solamente la Corte Suprema, de acuerdo con la jurisprudencia internacional, está facultada para establecer la legalidad de una Constituyente y, por ende, de una Constitución. Por lo tanto, el Poder Ejecutivo jamás podría haber decretado la nulidad de la de 1949 e imponer otra Constitución. Yo no cuestiono la legimitilidad de la Constitución de 1949, porque ella es incuestionable. Resulta interesante y aleccionador recordar la postura del Desarrollismo que encabeza Arturo Frondizi con relación a este problema. En 1949, esta corriente planteó la nulidad de la Constituyente y se retiró de la misma. En 1955, aceptó la derogación decretada por el gobierno militar, pero luego rechazó la convocatoria a una Constituyente. Como se ve, otorgó lo más y negó lo menos. La incoherencia política de la postura desarrollista obligó a su bloque a retirarse en plena sesión de apertura de la Asamblea Constituyente de 1957. Desde el punto de vista económico, la postura fue sin embargo coherente: evitar la sanción de nuevo artículo 40 que hubiese impedido la añorada y planificada entrega del petróleo, realizada posteriormente por desarrollismo del propio gobierno

El golpe mercenario de 1966 ya ni siquiera se toma el trabajo de derogar la Constitución vigente. Emite el «Estatuto de la Revolución» que determina qué es lo que rige o no rige de dicha Carta. Cuando el pueblo va tomando conciencia de sus derechos y exige el cumplimiento de los derechos y garantías constitucionales, la Constitución va siendo pisoteada precisamente por aquellos mismos que la respetaban en tanto el pueblo no reclamaba su vigencia. La Constitución resultó muy buena y era respetada en 1853 cuando la mayoría del país no votaba, cuando no había voto obligatorio, cuando el pueblo no participaba en la vida política; pero cuando el pueblo vino a exigir los derechos y garantías contenidos en la Constitución, aquellos mismos intereses que la habían escrito dejaron de respetarla. La Constitución jamás fue violada por el pueblo sino por los sectores dominantes del país: la oligarquía y los personeros del imperialismo. Entonces, una Ley Suprema que se aboque a la realidad actual de la Argentina, debe tener en cuenta sus antecedentes, debe vincularlo mucho más a la participación popular e incrementar el interés del pueblo en la defensa de un gobierno representativo. De lo contrario, la Constitución será para los ciudadanos simplemente un cuerpo legal que rige o no, de acuerdo con la voluntad de los comandantes en jefe. Desde este punto de vista, los discursos teóricos acerca del derecho constitucional no tienen trascendencia política ni institucional en nuestro país.

La situación política de 1974 está permitiendo que la Constitución deje de ser letra muerta y pase a tener vigencia. ¿Significa esto que la conciencia popular está consolidada?

Considero que la conciencia popular, por su parte, sí está consolidada. Otra cosa es que la situación política esté consolidada, y sobre el particular creo que no lo está. La conciencia popular está por un gobierno representativo que exprese su voluntad. El pueblo ha votado, ha plebiscitado incluso la liberación nacional, es decir la nacionalización de los monopolios extranjeros y la expropiación a la oligarquía. Ha condenado a la dictadura mercenaria, ha condenado a y Trelew y Ezeiza, ha condenado a la masacre de los sectores militantes juveniles de nuestro país y está perfectamente definido contra todo crimen político. No podría decir lo mismo del aspecto político, porque cuando yo leo en los diarios que son reincorporados funcionarios de la dictadura a las altas jerarquías de los organismos de seguridad, cuando leo que se sanciona una legislación represiva que no tiene ningún aspecto positivo en la dinámica real del país salvo el de hacer simplemente buena letra frente a los monopolios extranjeros, lamento no poder decirle que la situación política esté estabilizada en un sentido nacional.

¿Cree usted de lo que acaba de decir atenta contra la solidez de la Constitución Nacional?

La condiciona. Si los representantes de los grandes partido populares que son la expresión política de las mayorías nacionales, se reúnen para sancionar una constitución que garantice, canalice, imposibilite la movilización y participación popular, para garantizar una Constitución que reivindiquen viejos conceptos de la de 1949, en defensa de nuestra economía, de nuestra energía, expropiando a la oligarquía y a los monopolios extranjeros, harán una constitución en parte real con respecto a nuestro proceso económico y político.

“Con respecto a su reciente afirmación en el sentido de asegurar en la Constitución Nacional la participación popular, el Artículo 22 de la misma ya establece que el pueblo gobierna a través de sus representantes.

Sí, pero hay que ampliar la vinculación del pueblo fundamentalmente con los organismos parlamentarios a nivel nacional, provincial y municipales, instituyendo la obligación para cada legislador de elevar un informe anual a los electores de su distrito acerca de lo actuado, y la facultad de los electores de ese distrito de revocar el mandato, si no ha cumplido ese legislador con la tarea que los electores le encomendaron. Esto puede llevarse a cabo perfectamente: se requiere un número de firmas del padrón del distrito para consultar a todos los electores. Luego se vota revocando ó confirmando el mandato.

¿Cree usted que esto es posible en una sociedad de masas, donde no político tiene cierta profesionalidad, donde la división del trabajo es tal que el ciudadano común está interiorizado acerca del derecho constitucional como para tener en claro que es una reforma constitucional?

Creo que es a la inversa. No es que el ciudadano común no esté especializado en derecho constitucional, sino que el derecho constitucional no responde a las necesidades de ciudadano común. Lo primordial son las necesidades y la capacidades de ciudadano común. No puede hablar nada que el pueblo no entienda ni comprenda; se engañan los que creen que es materia solamente de especialistas, del clan, del grupo económico. El pueblo sabe perfectamente de sus intereses, sabe elaborar sus soluciones, realizarlas y ejecutarlas, toda revolución en el mundo ha sido ejecutada por el pueblo. La Constitución debe posibilitar y canalizar la mayor movilización y participación popular. El Artículo 22 queda tal cual: el pueblo gobierna a través de sus representantes. Lo que sí pueda agregarse, por ejemplo en la parte de elección y funcionamiento del Poder Legislativo, son otras normas por las cuales el pueblo incremente su facultad de fiscalizar a sus representantes y le permita revocar el mandato. Esto fue aplicado hace más de un siglo por los trabajadores de la Comuna de París. La sociedad de masas exige instituciones que sean de masas; instituciones que no son de masas no sirven y están reñidas con su desarrollo.

Lo mismo ocurre con el problema de la universidad; quien no entiende el desarrollo de la universidad de masas, desarrolla una universidad que está en contra del proceso nacional. En las instituciones políticas ocurre lo mismo. Si antes un ciudadano podía ser representante de Santa Cruz o de Jujuy y vivir en Buenos Aires durante nueve años sin viajar jamás a Jujuy o ha Santa Cruz, o haciéndolo apenas para atender sus intereses privados de aquella zona, esto ya no puede suceder más. Las poblaciones de Santa Cruz o de Jujuy debe exigir que sus representantes tengan una vinculación directa con ellas y las representen, y deben tener el derecho de revocar los mandatos si aquéllos no cumplen.

¿Cree usted que habría que incorporar el referéndum y el plebiscito a la Constitución Nacional?

Yo creo que deben incorporarse. Sería la forma de institucionalizar una mayor participación popular. La aplicación del referéndum a grandes sectores de la población se da a partir de la Segunda Guerra Mundial en Italia y Francia. Sus términos deben ser planteados por el Poder Legislativo, porque la clave del referéndum está en la forma en que se plantea. Como este tipo de consultas se formula para obtener un pronunciamiento por la afirmativa o por la negativa tal que, tanto por el sí como por el no, se beneficie determinado interés. El gran amigo del referéndum era De Gaulle. Debe ser el Parlamento, donde existe una mayor participación popular, el que establezca los términos en los cuales se somete el referéndum a la opinión pública. De esta manera, su planteamiento constituye una garantía de mayor veracidad y fidelidad. Una conducción política que entienda la necesidad, lo saludable, lo beneficioso de la participación del pueblo, llamará al referéndum con bastante frecuencia para tratar los grandes problemas, porque no solamente será la forma de expresión de la voluntad popular, si no que va a ser la forma de difundir al pueblo los grandes problemas. Por ejemplo, una ley sobre la reestructuración de la propiedad debe ser sometida a referéndum no sólo para que la gran mayoría nacional vote a favor de la reforma agraria, sino para que el contenido y el espíritu de esa ley sean previamente conocidos en todas las esferas de nuestro pueblo. Según el criterio con que se realice, el referéndum fortalece y enriquece el ejercicio de un poder destinado a defender la liberación nacional, y debe molestar enormemente a quien no tenga interés en llegar a la liberación nacional. A las personas que dicen que el pueblo no está preparado para el referéndum, yo les diría que ellas no están preparadas para hablar al pueblo argentino.

¿Qué opinan sobre el artículo 2º de la Constitución relativo a que el Estado sostiene el culto Católico Apostólico Romano?

Este artículo está vinculado al artículo 76 en el cual se sostiene que el Presidente de la República debe pertenecer al culto Católico Apostólico Romano. Al haberse renunciado al derecho de patronato durante el gobierno del Doctor Ilia, el presidente no tiene ninguna participación en la elección de los Obispos ni de las jerarquías eclesiásticas y, por lo tanto, ha desaparecido el fundamento para la existencia de estos preceptos; por otra parte, debe establecerse la absoluta y efectiva igualdad de todos los habitantes argentinos ante la ley. El P.S.P. opina que el gobierno nacional debe ser respetuoso de todos los cultos pero sin sostener ninguno, y que no habría ninguna exigencia de índole confesional para ejercer el cargo del presidente.

¿Cuál es el punto de vista del P. S. P. respecto de la parte Dogmática de la Constitución, contenida en el Capítulo sobre declaraciones, derechos y garantías?

El P.S.P. tiene nombrada una comisión para estudiar el problema. Mi opinión personal es que en dicho Capítulo de la Constitución de 1853 debería introducirse en todo aquello que estaba en la Constitución de 1949 y, fundamentalmente, el Capítulo 3 en lo que hace al derecho del trabajador, de la familia, de la ancianidad, de la cultura y de la educación. A él se le agregaría un desarrollo del derecho a la salud, de los derechos de la juventud y, además, la vigencia del artículo 38 que daba a la propiedad un sentido social facultaba al Estado para programar y realizar todo lo que a ella se refiere.

¿Cual es la importancia de incluir en la Constitución de 1853 estos aspectos económicos?

La Constitución de 1853 tiene sus orígenes a principios del siglo pasado, en las corrientes europeas, y se basa en una cuestión abstracta de igualdad de todo individuo ante la ley.

Evidentemente, el desarrollo de las luchas populares, el surgimiento de hombres representativos de los intereses populares y la evolución de esos pensamientos, nos demuestra que se trata de una abstracción y que en realidad, todos los hombres no son iguales ante la ley. Hay una minoría dominante en el país, y hay otros hombres que constituyen la mayoría del país, que son explotados por ésa minoría y para los cuales la ley no se aplica y no les garantiza absolutamente nada. No les estoy hablando del siglo pasado sino de hoy.

Vengo de Chubut; he estado en el campo de Chubut, donde se gana 20, 30, 40 y 50 mil pesos mensuales, se pagan con vales: esto pasa en Chubut 1974. Entonces, incluir en la Constitución el derecho de los trabajadores a una remuneración justa, el derecho a asociarse para defender sus conquistas, el derecho de huelga en defensa de la salud y de la subsistencia

de su familia, el derecho a la ancianidad para que no estén apilados hospicios como animales o como moscas y que se han considerado como seres humanos, que han trabajado para la comunidad una buena parte de su vida y que si casualmente se encuentran allí es porque han trabajado y no robado; el derecho de las madres a tener hijos sanos y el derecho de los niños a criarse sanos, el derecho de arribar a a una cultura, a una educación, a una formación, el derecho a la salud para todos los habitantes del país, todo esto no es innecesario sino que es absoluta y categóricamente necesario.

Igualmente, los derechos y garantías carecen de sentido para los que se mueren de hambre y frío.

¿Cuáles son los medios para garantizar en una Constitución futura el cumplimiento de estos derechos?

Por ejemplo, si se sanciona la ley de la cual se habla actualmente sobre arbitraje obligatorio, quedaría eliminado el derecho de huelga. Pero si los trabajadores tienen el derecho de revocar el mandato de sus representantes cuando éstos traicionan sus intereses, es otra la garantía de la vigencia del derecho de huelga. Es decir, debemos terminar de engañar al pueblo, porque esto se ha demostrado históricamente que no funciona. Quien cree engañar al pueblo, cae esto en muy corto plazo; cada vez se puede engañar menos porque el pueblo va siendo su experiencia y exigiendo sus derechos. Entonces el problema no es ser electos y gobernar durante dos y tres años y medio y luego adoptar dos o tres medidas para la próxima campaña electoral.

Lo fundamental es garantizar, a través de la Constitución, la participación más continua posible de los sectores populares en el ejercicio del gobierno. Estoy de acuerdo con la ratificación del mandato a los representantes, si seguimos en un sistema representativo; pero en un sistema que sea auténticamente representativo. Lo que queremos hacer es precisamente garantizar esa representatividad y no que sea una simple afirmación, no siendo la realidad tal. En la medida en que el pueblo se vea representado va a defender, en la forma que él entienda más conveniente, la vida institucional y entonces se terminará con el proceso de golpes. Mientras el pueblo entienda que los individuos que están en el gobierno lo representan más o menos, o directamente no lo representan en sus intereses, seguirán sucediéndose los golpes necesarios por parte de la oligarquía y los monopolios extranjeros y el pueblo, ante el golpe, no saldrá a luchar contra el mismo porque no se ve representado en el gobierno que ha caído.

¿Habría que incluir en la futura Carta Magna un Estado planificador de la economía?

Yo creo que en el país hay mucha gente que ha robado toda la vida mediante su planificación económica y habla en contra de la misma. La oligarquía y los monopolios extranjeros han planificado permanentemente la economía de este país; cuando los sectores populares lo impidieron haciendo una leve planificación que lesionara los intereses de los monopolios y la oligarquía, entonces se apeló a la libertad de empresa, a la no planificación y al antiestatismo.

Por eso nos asusta cuando el Ministro de Economía ofrece al señor Presidente la colaboración empresarial para administrar las empresas estatales. Es sabido que entre las empresas argentinas figuran John Deere, General Motors, Fiat, King Ranch, etc. entonces, o no entendemos nada pueden vez de sacar un decreto de nacionalización de las empresas estatales llamamos a los representantes de esos monopolios para que lo hagan en la práctica.

¿Cuál es la difusión que deben darse en nuestro país a la reforma de la Constitución para que el pueblo participe realmente de ella?

Yo creo que no es un problema de metodología de difusión, sino que es un problema de contenido. En la medida en que el pueblo en tienda que la reforma constitucional va ligada a una mayor defensa de sus derechos el pueblo ha de participar y la cuestión se ha de popularizar.

¿Cree usted que el pueblo está creyendo que la reforma es en beneficio de sus derechos?

Yo creo que la opinión pública está totalmente ajena al problema de la reforma constitucional, porque la Constitución es totalmente ajena a los derechos e intereses del pueblo.

Mientras la Constitución se la pongan y saquen como una camiseta los comandantes en jefe, al pueblo no le puede importar.

¿Pero estamos en el año 74 y hay un gobierno elegido por el pueblo?...

Sí, pero lo que pasa no es tan tajante, porque aquellos que la usaron como camisetas siguen dando vueltas siguen viviendo muy bien y han matado gente y no ha pasado nada.

Entonces cuando pasan cosas, no tenemos que pensar que son caídas de un satélite, sino que son producidas por la violencia humana.

Existe una juventud que quiere apartarse de la institucionalización porque ve que se puede matar sin problemas, que se puede pisotear sin problemas, aún cuando rige la Constitución. Así, el señor Ongania sigue con su sueldo, el señor Levingston también, Lanusse también, mientras trabajadores, estudiantes, hombres del pueblo, están muertos, masacrados, torturados quedándose éstos con sus torturas y los mercenarios con sus pensiones; entonces la cosa no es equitativa y el pueblo no puede creer mucho en la institucionalización de la Constitución.

¿Aludió usted a la importancia de referirse a un aspecto del Poder Judicial?

Creo que la teoría de Montesquieu (de quien la gente no sabe si es una marca de helado o de cigarrillo nuevo, y es correcto que así sea) plantea la independencia de los poderes, pero en la práctica no existe independencia de los poderes. Está dicho que en nuestro país han sido pisoteadas todas las Constituciones y todos los derechos, y todas las Cortes han determinado que mientras ellas no fueran tocadas existía un estado de derecho en el país. Así, Uriburu fue reconocido por la Corte, lo mismo que Ongania. Estos jueces no tienen, en realidad se ha demostrado, independencia alguna. Por eso, cuando un juez sale en defensa del patrimonio nacional, todos lo miran asustados, y si lo miran así es porque la regla no es esa y constituye la excepción. Por eso yo creo que los jueces deben ser elegidos por sufragio popular, que será el pueblo el que los elija. ¿Que los jueces podrán ser, como se dice en la teoría del Derecho, presionados por la opinión popular?. Más vale que se han presionados por la opinión popular y no por la oligarquía, los monopolios y los sectores dominantes de nuestro país...

¿Y estos jueces durarían de acuerdo a su buena conducta, de acuerdo con lo que opina el pueblo?

Exacto; estará siempre la posibilidad de su enjuiciamiento, y estarán las disposiciones permanentes del sistema judicial. Pero tendrán periodicidad en sus funciones, es decir que no podrán ser vitalicios.

¿Una periodicidad consciente, por ejemplo con la Presidente o de los Diputados?

Estoy en contra de la coincidencia de los mandatos, porque entonces votamos la lista única, que resulta una trampa que aleja de la participación popular. Las últimas modificaciones a la Constitución hechas por la dictadura mercenaria en el sentido de elegir a la vez presidente, senadores y diputados, tuvieron ese objetivo, porque así se evita pensar en un programa de realizaciones, evita pensar en los hombres, evita pensar en las listas, si no que se vota en bloque.

Lo que sucede es que para estas personas que no creen en el pueblo, una elección es una gran molestia, es un gran desorden, y para nosotros una elección es una cosa normal en donde el pueblo estaría participando normalmente y en forma periódica. En consecuencia, podría fijarse una fecha para elegir Presidente y Parlamento Nacional y otra fecha para las provincias, otra para comunas, etcétera.

La oligarquía y los empresarios aliados a los monopolios dicen que esto es una barbaridad; que nos pasamos el año en elecciones y hemos perdido el año, porque saben que ellos pierden cuando el pueblo opina. Para nosotros, cuando el pueblo opina ganamos el año.


Centro dedicado al conocimiento, formación y difusión del Pensamiento Socialista.

Dorrego 717, Rosario.
Te. +54 0341 4474931

Visitantes Online

Hay 167 invitados y ningún miembro en línea

Subscribete

Suscríbete a nuestro canal de noticias, eventos y actividades.

Copyright © 2024 Fundación ESTÉVEZ BOERO.

Buscar

+54 341 4474931 Dorrego 717, Rosario, Arg.